Desde hace años que en Europa el registro preciso de las horas laborales se ha convertido en una obligación para las empresas, tanto al inicio como al finalizar la jornada laboral.
De hecho, uno de los métodos más comunes para llevar a cabo este proceso es a través de sistemas biométricos de control de acceso, especialmente en empresas de mayor envergadura.
No obstante ello, desde “Mantenimiento Informático” creemos que estos sistemas pueden plantear desafíos para las compañías de aquí en adelante.
Desafíos legales actuales en Europa
Actualmente la legislación experimenta cambios constantes, es por ello que el uso del sistema de registro de huellas dactilares para el fichaje de entrada o salida puede entrar en conflicto con las normas establecidas por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Al parecer, este incumplimiento podría resultar en multas significativas para las empresas, según lo informado por Audens. Mantenimiento Informático Tancra.
Ahora bien, en 2007, el Tribunal Supremo respaldó la tecnología de huellas dactilares sin restricciones normativas, incluso, el artículo 20.3 del Real Decreto 2/2015 respaldaba a los empleadores al permitir la adopción del sistema de vigilancia más adecuado para verificar el cumplimiento de las horas laborales por parte de los trabajadores.
Cambio de paradigma: RGPD y las huellas dactilares
En 2016 se implementó el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que clasificó el sistema de reconocimiento de huellas dactilares como «categoría especial» debido a la sensibilidad de los datos que recopila.
Asimismo, el uso de estos datos solo para la identificación del empleado aún podría considerarse legal, pero la situación varía cuando se trata de identificación biométrica.
Por consiguiente, en abril de 2023, el Comité Europeo de Protección de Datos unificó criterios, afirmando que tanto la autenticación como la identificación, aunque fueran distintas, involucran el procesamiento de datos biométricos vinculados a una persona identificada o identificable.
Por tanto, esto los convierte en tratamientos de datos personales, específicamente categorías especiales de información.
No obstante, hoy en día las huellas dactilares se consideran datos de carácter especial, y su uso para verificar la identidad de los trabajadores, incluso con autorización, queda prohibido, salvo en situaciones especiales de seguridad.
Implicaciones y soluciones para las empresas
Este cambio normativo obliga a las empresas que utilizan actualmente sistemas de reconocimiento de huellas dactilares a buscar métodos alternativos que se ajusten a la legislación.
En “Mantenimiento Informático” creemos que la no adaptación a estas nuevas directrices puede resultar en sanciones por parte de la AEPD si se presenta una denuncia, más aún, teniendo en cuenta las multas significativas que suelen imponerse en el ámbito de la protección de datos.
Frente a este panorama, es aconsejable que las empresas busquen alternativas que no solo cumplan con la normativa actual sino que también ofrezcan eficiencia en el registro de horas. Mantenimiento Informático Tancra.
De hecho, métodos como el uso de tarjetas magnéticas, códigos de barras o sistemas basados en la nube se presentan como opciones viables y legales.
(S.M.C)